Trámites para Cooperantes

Trámites para cooperantes

ACREDITARSE COMO COOPERANTE

A partir del 1 de octubre de 2009, la Embajada de España, a través de la Oficina Técnica de Cooperación (OTC), recibe la documentación requerida para permanencias superiores a 180 días, según el Convenio Básico de Cooperación y su Adenda I relativa a la entrada y permanencia de los cooperantes.

Esta documentación, una vez revisada, se presenta al Ministerio de Relaciones Exteriores a través del Consulado de España en San Salvador que otorga al cooperante el documento de identificación -el llamado «carné verde»- que le acredita como cooperante y que extiende su visado especial el tiempo que dure su compromiso con la institución solicitante.

¿Quién es personal cooperante?

Cooperantes, voluntarios y becarios de ONGD, universidades, organizaciones empresariales, asociaciones y otros actores de la cooperación.

Voluntario:
Persona que presta sus servicios a través de un contrato no laboral con finalidad de ejecutar actividades de programas y proyectos de cooperación para el desarrollo a cargo de entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro.

Becario:
Docentes, estudiantes y jóvenes profesionales en prácticas que desarrollan las tareas propias de su condición en El Salvador, integradas en las intervenciones de cooperación entre ambos países.

Número de identificación tributaria­-NIT

¿Para qué sirve?
Para solicitar el permiso de residencia temporal mayor a 180 días
Para abrir una cuenta bancaria
Para hacer contratos de arrendamiento de vivienda, internet etc

¿Cómo conseguirlo?
Se tramita en el Ministerio de Hacienda, Blvd. de los Héroes n°1231, San Salvador. Es necesario llevar el pasaporte original y una fotocopia; el trámite tiene un costo de US$1.40 la primera vez, y la reposición US$ 4.20 (a diciembre de 2015) y se obtiene el carnet con número de NIT en el instante. Lo realiza el propio interesado.

Entrada y permanencia de menos de 180 días

1. Para períodos de permanencia menores a 90 días se necesitan los mismos requisitos que para turistas:
a) Pasaporte vigente
b) Declaración jurada ante delegado migratorio al ingresar en el país (es decir, migración en el aeropuerto) con nombre de la institución española de origen, de la institución de destino, dónde se hospedará, tiempo de permanencia y nombre del proyecto.

2. Para extender períodos de permanencia de más de 90 días y menos de 180 días. Se podrá solicitar una prórroga por otros 90 días en las oficinas de migración de la Dirección General de Migración y Extranjería. Para este trámite se necesitan los siguientes requisitos:
a) Solicitud por la persona correspondiente ( el documento de solicitud se obtiene en las oficinas de migración)
b) Recibos en conceptos de trámites migratorios debidamente pagados.
c) Una fotografía reciente.
d) Fotocopia de pasaporte de todas las páginas utilizadas y su original para ser confrontado.
e) Carta que respalde su estadía en el país que explique el motivo del requerimiento de la prórroga. suscrita por el solicitante y la institución con la que colabora.
f) Nota extendida por la Embajada de España a través su consulado, acreditando a la institución para la cual colabora el interesado considerada actor de la cooperación internacional. Para la obtención de esta nota será necesario presentar:
● Pasaporte
● Copia del contrato de trabajo
● Carta de la ONGD contratante

¿Dónde se realizan los tramites en el caso de extensión de periodos de permanencia a más de 90 y menos de 180 días? Estos trámites se realizan en las oficinas de la Dirección General Migración y Extranjería

Entrada y permanencia de más de 180 días
A partir del 1 de octubre de 2009, de acuerdo al Convenio Básico entre España y El Salvador y su Adenda I; la Embajada de España, gestiona ante el Ministerio de Relaciones Exteriores el permiso de residencia temporal para permanencias superiores a 180 días. Podrán solicitarlo los cooperantes, voluntarios y becarios de ONGD, universidades, organizaciones empresariales, asociaciones y otros actores de la cooperación. Se obtendrá así el documento de identificación­ el llamado “carnet verde” que le acredita como cooperante y el visado.

La documentación necesaria para su tramitación deberá ser presentada en la OTC­ – AECID. ¿Qué documentos hay que presentar?

a) La solicitud será dirigida a la Oficina Técnica de Cooperacion de AECID, firmada por el Representante Legal en El Salvador de la institución española que corresponda, debidamente autenticada por notario autorizado. Si se tratara de la solicitud de residencia del mismo Representante en El Salvador, de una institución no registrada en El Salvador o que está en trámite de registro, la solicitud será firmada por el Representante Legal en España, en este último caso con apostilla de La Haya. La solicitud puede ser original o copia apostillada.

b) Certificación de Partida de Nacimiento. Dicho documento deberá estar autenticado por el consulado salvadoreño en su país de origen y posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores en El Salvador, o bien deberá llevar estampada la apostilla de La Haya.

c) Original de solvencia de antecedes penales o buena conducta no mayor a tres meses de vigencia expedida por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido antes de su entrada al país debidamente autenticado por el consulado salvadoreño en su país de origen y posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores en El Salvador, o bien, deberá llevar estampada la apostilla de La Haya.

d) Original de Solvencia de la Policía de El Salvador en el caso de que hayan residido en el país durante más de seis meses, aún con interrupciones.

e) Constancia de buena salud expedida por un médico autorizado legalmente para el ejercicio de la profesión en El Salvador, con el fin de acreditar que no padece ninguna de las enfermedades infectocontagiosas.

f) Una copia del pasaporte de la pagina donde están los datos personales y la fotografía, y luego entregará el pasaporte original para el trámite de su visa.

g) Fotocopia del Número de Identificación Tributaria de El Salvador del cooperante, voluntario o becario y del Representante de la institución en El Salvador.

h) En su caso, la inscripción en los registros españoles de la ONGD expedido por la AECID

i)Breve memoria informativa  del trabajo que realizará el cooperante en el país.

j) Copia certificada por notario autorizado de los Estatutos de la Institución inscritos en España, debidamente apostillada.

k) Formulario del Ministerio de Relaciones Exteriores completado a máquina, computadora o a mano con letra legible.

l) 3 fotografías aparte, sin pegar en el formulario

(Descargar formulario) 

Prórroga de la residencia

Se deberá presentar en la OTC:

a) Solicitud firmada por el representante legal en El Salvador de los actores de cooperación española debidamente autenticada por notario autorizado o en su defecto por el representante legal que se encuentra en España. Deberá estar apostillada.
b) Fotocopia de pasaporte de todas las páginas utilizadas y su original para ser confrontado.

c) Certificación de la condición de cooperante expedida por la Embajada de España en El Salvador, mediante la cual especifica que la persona continúa en sus funciones.
d) Constancia emitida por el actor de cooperación respectivo, en la que ratifique la continuidad del programa o proyecto de cooperación.

Otros trámites que se pueden realizar desde la OTC – AECID:

Exención de IVA
El Gobierno de El Salvador por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores otorgará al Representante Legal de las ONGD, siempre que éste sea de nacionalidad extranjera, la exención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), en su calidad de proveedor oficial, en cuanto a la adquisición de bienes y contratación de servicios relativos a las actividades propias de las ONGD.
Para su solicitud se debe tener el permiso temporal de residencia (carnet verde). Se podrá solicitar ambas cosas a la vez, en caso de que el interesado así lo solicite. Se necesitan 2 fotos tipo carnet. Los documentos se entregan en la OTC.

Licencia de conducir
Se puede solicitar cuando se inicien los trámites del permiso temporal de residencia con el que se obtiene el carnet verde y se incluirá en éste.
Para ello junto con la solicitud del permiso temporal de residencia se presentará una fotocopia del permiso de conducir.
Una vez se obtenga el permiso temporal de residencia, y por tanto el carnet de identificación (carnet verde), la OTC se pondrá en contacto con el cooperante para que entregue el permiso de conducir original. El carnet de identificación y el carnet de conducir original se enviarán al Viceministerio de transporte para la realización del trámite. Este trámite no suele durar más de 2 días.

Entrada desde otros países Centroamericanos
Los cooperantes, voluntarios y becarios de ONGD, universidades y otras instituciones españolas con visado o tarjetas de residencia de otros países centroamericanos podrán entrar y salir de El Salvador para desarrollar sus actividades de cooperación siempre y cuando cumplan con todos los requisitos establecidos en la adenda I del Convenio.

Salida del país de menores acompañados por sólo uno de los progenitores 
Se requerirá de un permiso de salida otorgado por la Dirección General de Migraciones

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Calle 2, # 285, Entre C/La Reforma y C/Loma Linda, Col. San Benito, San Salvador, El Salvador | Tel.: (503) 2218-0100 | otc.elsalvador@aecid.es